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Madrid excluye de la moratoria de multas a los vehículos sin distintivo ambiental empadronados en las Zonas de Bajas Emisiones Centro y Plaza Elíptica.

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La vicealcaldesa de Madrid, Inma Sanz, ha aclarado este martes que la moratoria a las multas por circular sin etiqueta ambiental en la zona general de bajas emisiones de Madrid no se aplica a las zonas especiales, como las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección de Centro y Plaza Elíptica. Esto significa que los vehículos sin etiqueta empadronados en estas zonas podrán ser multados por circular o aparcar en su propio barrio a partir de este miércoles.

Sanz explicó que el aviso ampliado de 12 meses y la autorización para aparcar durante este período se refieren solamente a la zona general de bajas emisiones de la ciudad, no así a las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección. Además, indicó que el Área de Medio Ambiente está estudiando caso a caso la situación de estos vehículos afectados.

Por su parte, el servicio de atención al ciudadano Línea Madrid ha informado que los vehículos sin etiqueta empadronados en las ZBE de Centro y Plaza Elíptica podrán recibir sanciones económicas si circulan por sus barrios, excluyéndoles del período de aviso anunciado por el Ayuntamiento. Asimismo, a partir del 1 de enero de 2025, los residentes empadronados en el Distrito Centro no podrán obtener autorización de Residente SER para vehículos de clasificación A, por lo que también serán multados si aparcan en las zonas verdes o azules de su barrio.

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