Borrón y cuenta nueva en las terrazas de la capital. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha tumbado la modificación de la ordenanza municipal que regula estos negocios aprobada en enero de 2022, durante el mandato del tándem José Luis Martínez Almeida-Begoña Villacís. En la sentencia, notificada a las partes el martes y a la que ha tenido acceso ProgresoMadrid, la sala de lo contencioso-administrativo estima el recurso presentado por el PSOE y anula la normativa municipal “por no ser conforme a derecho”.
La nueva ordenanza enmendaba la hecha por Ana Botella en 2013 y supuso un respaldo a la proliferación de terrazas tras la pandemia al flexibilizar los requisitos para instalarlas con el aplauso largo de los hosteleros y una catarata de críticas por parte de los vecinos, cuya postura resumió así la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (Fravm): “Esto ha estado gestado en beneficio de una minoría, muy ruidosa, eso sí, que paga pocos impuestos, mantiene a sus trabajadores con sueldos de hasta un 40% por debajo de la media de los convenios colectivos, hace un uso abusivo del espacio público, devalúa las viviendas, altera la convivencia en los barrios y en muchos casos empeora la vida de sus vecinas y vecinos”.
En el auto, fechado el 11 de abril y de 85 páginas, el TSJM admite tres de los cuatro argumentos esgrimidos por el PSOE para anular la norma. Para empezar, considera que el Ayuntamiento no evaluó debidamente el impacto presupuestario de la norma. La sala explica que un informe de la Dirección General de Organización y Régimen Jurídico “indicaba la necesidad de que se hiciera un análisis de las consecuencias presupuestarias de la norma en tres aspectos: por su posible afectación a los costes de personal, porque la posible flexibilización de los criterios de otorgamiento de autorizaciones podría dar lugar a un aumento del número de terrazas y, correlativamente, de ingresos y porque las novedades en el ámbito disciplinario pudieran hacer aumentar la recaudación por sanciones”.
“El informe de impacto medioambiental que se reclama no existe en el expediente”, constata la sentencia, lo que “resulta de todo punto inaceptable en términos jurídicos”. “La trascendencia de esta omisión no puede entenderse de otra manera que equivalente a un vicio de nulidad al haberse omitido un trámite esencial del procedimiento de aprobación” remacha.
Por último, el PSOE alegó que no se hizo el trámite de información pública. “Ningún trámite de información y audiencia se prevé en el procedimiento, cuando el mismo puede desembocar en la adopción de una porción de medidas intensamente comprometedoras de derechos, en algunos casos fundamentales, relativos al descanso y a la salud, pero también al ejercicio de la libre empresa, a la protección del patrimonio cultural y otros”, señala la sentencia. Por todo ello, el TSJM anula la normativa por “la omisión de aspectos esenciales del procedimiento de elaboración de la ordenanza que afectan directamente al principio de buena administración”. La sala solo desestima el punto relativo a las llamadas terrazas covid, instaladas sobre aparcamientos y que volvieron hace unos meses a ser parking, que considera ajustadas a la norma.
Así, todas las terrazas que hayan obtenido la licencia según esta normativa, que el Ayuntamiento no cuantifica, han pasado a ser alegales. De momento, el Consistorio no aclara si acatará la sentencia y volverá a la normativa de 2013 o si recurrirá al Supremo, ya que acaban de recibirla y “la están estudiando los servicios jurídicos”. El PSOE espera que “rectifiquen” y se pongan manos a la obra “a hacer una nueva normativa” que aúne el derecho de los vecinos al descanso y al espacio y el de los hosteleros a explotar un negocio boyante. “Es un nuevo revés judicial para el Gobierno de Almeida y se lo dijimos. No puede gobernar de espaldas a la ciudadanía”, ha concluido la portavoz adjunta del Grupo Municipal Socialista, Enma López.