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El Tribunal Supremo rechaza el recurso del Ayuntamiento de Madrid sobre la revocación de la normativa de terrazas.

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La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido el recurso de casación del Ayuntamiento de Madrid contra la anulación del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) a la modificación de la ordenanza de terrazas aprobada bajo el mandato pasado por el equipo de gobierno formado por José Luis Martínez-Almeida y Begoña Villacís. Además, ha fallado la imposición a los recurrentes de costas procesales de una cifra máxima de 2.000 euros.

El TS afirma que los dos argumentos de la sentencia recurrida para anular la modificación de la ordenanza ―la ausencia de informe de impacto presupuestario e informe ambiental― se basan en las especiales circunstancias del procedimiento de tramitación de la citada ordenanza y en un análisis adaptado al caso de la necesidad de dichos informe, puesta de manifiesto por informes y directrices internas del propio Consistorio. Por ello, la sala “no puede apreciar” el interés casacional, así como un pronunciamiento.

El origen del litigio se remonta al recurso contencioso-administrativo presentado por los concejales del PSOE Mar Espinar y Álvaro Vidal, en el que se denunciaban “deficiencias imperdonables” en la tramitación de la ordenanza. El TSJM les dio la razón en abril de 2024, anulando el texto normativo por la falta de un informe de impacto presupuestario, la ausencia de una evaluación ambiental y la omisión del trámite de audiencia a los afectados en determinados procedimientos. Pese a esta sentencia, el Gobierno municipal decidió presentar un recurso de casación, que ahora ha sido rechazado por el alto tribunal.

Desde el Grupo Municipal Socialista han asegurado que están “muy satisfechos” con que la ordenanza de terrazas “haya quedado por fin zanjado”. “Pusimos este recurso porque la ordenanza tenía unas deficiencias imperdonables y la tramitación había sido una chapuza. Estamos más que acostumbrados con el Gobierno del señor Almeida, que es una tras otra, planeamientos y ordenanzas, que los tribunales anulan porque introducen unas deficiencias que son imperdonables”, ha dicho el concejal y responsable de Urbanismo, Antonio Giraldo.

El edil del PSOE ha explicado que esta inadmisión se traduce en que ahora, de manera inmediata, entra en vigor la ordenanza anterior, es decir, la de 2013. Mientras tanto, a las que se les concedió la autorización con la ordenanza de 2022 quedan bajo una “inseguridad jurídica”. “Ahora el Ayuntamiento de Madrid debe aplicar obligado por el Tribunal Supremo la ordenanza de 2013 y tendrá que revisar todas las autorizaciones y licencias para ver si cumplen con los parámetros de legalidad con los parámetros de 2013 y no los de 2022. Esto es la marca Almeida”, ha añadido.

Almeida, por su parte, ha pedido “tranquilidad” a los vecinos y hosteleros, ya que ya tenían “previsto el plan de contingencia”. “Sabíamos que podíamos afrontar esta situación, y, por tanto, el equipo de Gobierno estaba preparado para que los vecinos puedan seguir disfrutando del descanso y del bienestar y para que los hosteleros puedan seguir proporcionando el servicio que tanto agradecemos los vecinos de la ciudad de Madrid”, ha declarado a los medios. Ha defendido que las terrazas existentes no se verán afectadas y que únicamente las nuevas son las que deberán regirse por la ordenanza de 2013. Eso sí, no será por mucho tiempo, ya que tienen previsto aprobar a final de este año una ordenanza “muy similar” a la aprobada en 2022.

En la ordenanza de 2013 no se incluía, por ejemplo, el mobiliario en zonas terrizas, los taburetes en las esquinas, los horarios restringidos en los puntos calientes y las 31 zonas tensionadas declaradas en la modificación de 2022.

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